Una persona con discapacidad auditiva,
o incluso con la totalidad de la audición perdida puede conseguir
el carné de conducir, aunque no puede seguir los cursos de seguridad
vial obligatorios. Eso es lo que pasa en la provincia de
Buenos Aires, aunque es probable que por poco tiempo.
El Control Urbano
de la Municipalidad de La Plata ha dispuesto que comiencen a darse
las clases obligatorias en colegios especiales, y desde principios
de noviembre, se darán en lenguaje de signos.
Y es que la ley argentina, permite
que una persona con sordera o hipoacusia (audición disminuida)
pueda sacar el carné de conducir. Por este motivo, y con ánimo
de mejorar la integración de los niños,
que en algún momento de su vida pueden querer acceder al la
licencia de conducir, el organismo argentino ha dispuesto que, en primer
lugar, los estudiantes puedan visitar las instalaciones de Tráfico,
al mismo tiempo que los inspectores del organismo visitan los colegios
especiales.
Desde principios de noviembre, las clases de los niños sordos
las darán profesores que conozcan el lenguaje de signos, para
facilitar su seguimiento. La idea, según el responsable de la
iniciativa, no es segregar a los estudiantes discapacitados, sino que
las lecciones sean dadas en lenguaje verbal y lenguaje de signos a
la vez, por dos profesores.
Argentina establece cursos de educación vial obligatorios para
los niños, con una duración de una hora y media diaria
durante una semana.
En cuanto a los adultos, el actual Reglamento de Conductores establece
que, para obtener o prorrogar el permiso de conducir para el grupo
1.o (en el que se incluye el carné de motocicletas o de vehículo
ordinario) ‘las hipoacusias, con o sin audífono, de más
del 45% de pérdida combinada entre los dos oídos obtenido
el índice de esta pérdida realizando audimetría
tonal, impiden la obtención o prórroga del permiso o
licencia’.
Por otro lado, en el apartado de ‘adaptaciones, restricciones
y otras limitaciones en personas, vehículos o de circulación
en permiso o licencia sujetos a condiciones restrictivas’, dicho
reglamento establece que ‘los afectados de hipoacusia con pérdida
combinada de más del 45% (con o sin audífono) deberán
llevar espejo retrovisor exterior a ambos lados del vehículo
e interior panorámico’.