El proyecto fue presentado y aprobado en la ultima sesión por
iniciativa del concejal justicialista Darío Gimenez y establece
como objetivo general llevar adelante acciones que conduzcan a optimizar
los procedimientos de medición y control del ruido en la ciudad
promoviendo el bienestar general, mantener y mejorar las condiciones
de vida de la población.
Atendiendo la queja de numerosos vecinos, respecto a la molestia ocasionada
por ruidos con elevado nivel de decibeles el presente proyecto propone
investigar el origen de las molestias ocasionadas a los vecinos de los
barrios afectados.
A fin de dar respuesta se propone realizar mediciones aplicando la
Norma IRAM 4062 sobre “Ruidos Molestos al vecindario” tratando
de este modo de verificar en que medida ciertos locales afectan al vecindario.
Las mediciones se proponen llevar a cabo según la siguiente
clasificación:
1. Locales que están habilitados:
1.1. En aquellos casos en se compruebe la existencia de vecinos afectados
la evaluación se realiza según la NORMA IRAM 4062 .
1.2. Aquellos locales que no tienen vecinos afectados directamente
y de acuerdo a la ubicación del local se fijaran niveles máximos
admisibles que pueden fugarse del local al exterior.
2. Locales que deben renovar la habilitación comercial
2.1. En aquellos locales que tienen vecinos potencialmente afectados
se deben cumplir los requisitos:
a) Verificación constructiva en:
b) Verificación de las instalaciones electroacústicas
donde conste:
c) Evaluar las características en cuanto al aislamiento acústico
estableciendo una comparación con lo que fijan las Normas IRAM:
2.2. Como conclusión del informe se estimara si el local reúne
las condiciones acústicas para el rubro que solicita. Se evitara
de esta forma evaluar un local en condiciones no reales de funcionamiento.
3. Locales que no están habilitados:
Los locales que no se encuentran habilitados deben satisfacer los siguientes
requisitos:
3.1.Verificación constructiva por inspección:
a) Paredes
b) Conjunto cielo raso - techo
c) Aberturas
d) Extractores e inyectores
e) Elementos mecánicos que puedan producir vibraciones sobre
cerramientos.
3.3.2 Verificación de las instalaciones electroacústicas
idénticas al anterior:
a) Potencia instalada ( Amplificación)
b) Potencia distribuida ( Bafles)
c) Equipamiento general (procesadores)
d) Distribución física de los bafles.
Cualquier modificación en el equipamiento una vez habilitado
debe ser declarado y agregado al expediente correspondiente.
3.3. Evaluación de las características acústicas
del lugar, el procedimiento para evaluar las características
acústicas del aislamiento acústico es el que fijan las
normas IRAM 4063, 4043, 4044 y las normas de consulta respectivas.
La pregunta sería: ¿Puede ser ilimitado el nivel de ruido
emitido hacia el exterior del local? . En estos casos seguramente el
lugar no está adecuado acústicamente como es el caso de
la gran mayoría de locales en el ejido urbano del municipio.
Es indispensable contar con elementos normativos como referencia, en
este caso en la República Argentina existe un organismo que ha
normado sobre este y otros asuntos: IRAM ( Instituto Argentino de Normalización).
Se adoptan las Normas IRAM que fijan los procedimientos, requisitos
y formas para la evaluación y análisis de las características
del ruido emitido, de las características edilicias que deben
cumplir los establecimientos en cuyo interior se desarrollan actividades
generadoras de ruido y los márgenes en la que determinados niveles
de ruido pueden considerarse como molestos para el vecindario.
En aquellos casos en que se compruebe la existencia de vecinos afectados
que denuncian molestias, se medirá para determinar si produce
ruidos molestos al vecindario siguiendo la NORMA IRAM 4062 /88.
El compromiso de la Municipalidad es necesario y la decisión
de asumirlo justifica el presente proyecto. Esta vez, su cumplimiento
no admite discusiones. Porque de él depende la calidad de vida
de numerosos ciudadanos que merecen ser protegidos de la desconsideración
ajena. Es que llanamente en eso consiste la actitud de quienes instalan
boliches nocturnos y no los aíslan acústicamente, creando
así infinidad de molestias entre los vecinos. Y a esto debe sumársele,
lamentablemente, la incultura de que hacen gala los numerosos jóvenes
que a la salida de los bailes gritan, se insultan y hasta desatan grescas
de proporciones, tornando así invivibles en ciertas horas a ciertas
zonas de la ciudad.
Quienes viven en zonas residenciales de la ciudad, pero cercanas a
confiterías bailables, padecen este problema cada fin de semana,
que en los últimos años se ha anticipado al jueves.
Además de la sordera, existe una enfermedad provocada por el
ruido a nivel neurológico.En ningún caso se permitirán
exposiciones en el interior de estos locales a niveles mayores a 110
dBA medidos con el decibelímetro indicado.