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Viernes, 19 de Agosto de 2005 - Politica / Legislación
Impulsan Programa Municipal de Control de Ruidos Urbano en la Ciudad de Santa Fe

El proyecto fue presentado y aprobado en la ultima sesión por iniciativa del concejal justicialista Darío Gimenez y establece como objetivo general llevar adelante acciones que conduzcan a optimizar los procedimientos de medición y control del ruido en la ciudad promoviendo el bienestar general, mantener y mejorar las condiciones de vida de la población.

Atendiendo la queja de numerosos vecinos, respecto a la molestia ocasionada por ruidos con elevado nivel de decibeles el presente proyecto propone investigar el origen de las molestias ocasionadas a los vecinos de los barrios afectados.

A fin de dar respuesta se propone realizar mediciones aplicando la Norma IRAM 4062 sobre “Ruidos Molestos al vecindario” tratando de este modo de verificar en que medida ciertos locales afectan al vecindario.

Las mediciones se proponen llevar a cabo según la siguiente clasificación:

1. Locales que están habilitados:

1.1. En aquellos casos en se compruebe la existencia de vecinos afectados la evaluación se realiza según la NORMA IRAM 4062 .

1.2. Aquellos locales que no tienen vecinos afectados directamente y de acuerdo a la ubicación del local se fijaran niveles máximos admisibles que pueden fugarse del local al exterior.

2. Locales que deben renovar la habilitación comercial
2.1. En aquellos locales que tienen vecinos potencialmente afectados se deben cumplir los requisitos:

a) Verificación constructiva en:

b) Verificación de las instalaciones electroacústicas donde conste:

c) Evaluar las características en cuanto al aislamiento acústico estableciendo una comparación con lo que fijan las Normas IRAM:

2.2. Como conclusión del informe se estimara si el local reúne las condiciones acústicas para el rubro que solicita. Se evitara de esta forma evaluar un local en condiciones no reales de funcionamiento.

3. Locales que no están habilitados:

Los locales que no se encuentran habilitados deben satisfacer los siguientes requisitos:

3.1.Verificación constructiva por inspección:

a) Paredes
b) Conjunto cielo raso - techo
c) Aberturas
d) Extractores e inyectores
e) Elementos mecánicos que puedan producir vibraciones sobre cerramientos.

3.3.2 Verificación de las instalaciones electroacústicas idénticas al anterior:

a) Potencia instalada ( Amplificación)
b) Potencia distribuida ( Bafles)
c) Equipamiento general (procesadores)
d) Distribución física de los bafles.

Cualquier modificación en el equipamiento una vez habilitado debe ser declarado y agregado al expediente correspondiente.

3.3. Evaluación de las características acústicas del lugar, el procedimiento para evaluar las características acústicas del aislamiento acústico es el que fijan las normas IRAM 4063, 4043, 4044 y las normas de consulta respectivas.

La pregunta sería: ¿Puede ser ilimitado el nivel de ruido emitido hacia el exterior del local? . En estos casos seguramente el lugar no está adecuado acústicamente como es el caso de la gran mayoría de locales en el ejido urbano del municipio.

Es indispensable contar con elementos normativos como referencia, en este caso en la República Argentina existe un organismo que ha normado sobre este y otros asuntos: IRAM ( Instituto Argentino de Normalización).

Se adoptan las Normas IRAM que fijan los procedimientos, requisitos y formas para la evaluación y análisis de las características del ruido emitido, de las características edilicias que deben cumplir los establecimientos en cuyo interior se desarrollan actividades generadoras de ruido y los márgenes en la que determinados niveles de ruido pueden considerarse como molestos para el vecindario.

En aquellos casos en que se compruebe la existencia de vecinos afectados que denuncian molestias, se medirá para determinar si produce ruidos molestos al vecindario siguiendo la NORMA IRAM 4062 /88.

El compromiso de la Municipalidad es necesario y la decisión de asumirlo justifica el presente proyecto. Esta vez, su cumplimiento no admite discusiones. Porque de él depende la calidad de vida de numerosos ciudadanos que merecen ser protegidos de la desconsideración ajena. Es que llanamente en eso consiste la actitud de quienes instalan boliches nocturnos y no los aíslan acústicamente, creando así infinidad de molestias entre los vecinos. Y a esto debe sumársele, lamentablemente, la incultura de que hacen gala los numerosos jóvenes que a la salida de los bailes gritan, se insultan y hasta desatan grescas de proporciones, tornando así invivibles en ciertas horas a ciertas zonas de la ciudad.

Quienes viven en zonas residenciales de la ciudad, pero cercanas a confiterías bailables, padecen este problema cada fin de semana, que en los últimos años se ha anticipado al jueves.

Además de la sordera, existe una enfermedad provocada por el ruido a nivel neurológico.En ningún caso se permitirán exposiciones en el interior de estos locales a niveles mayores a 110 dBA medidos con el decibelímetro indicado.

FUENTE: DERF




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